Recomendaciones para que las personas con discapacidad puedan votar de forma digna

ASPID propone en los ayuntamientos unos veinte consejos para que este colectivo pueda ejercer su derecho en el voto en igualdad de oportunidades

ASPID ha elaborado un documento con unas veinte recomendaciones (ver adjunto) para que las personas con discapacidad física y orgánica puedan votar de una manera cómoda, ágil y digna. La entidad ha hecho llegar estas recomendaciones a los ayuntamientos de la demarcación a fin de que se puedan aplicar en los colegios electorales a las próximas elecciones del 12-M. Bibiana Bendicho, presidenta de ASPID, considera que “para que personas con discapacidad física y/u orgánica puedan ejercer su derecho en el voto en igualdad de oportunidades, creemos necesaria la aplicación de estas medidas en las diferentes sedes electorales habilitadas por los ayuntamientos y otras corporaciones locales de la demarcación”. Las recomendaciones se han enviado a los consistorios a través de la Diputación de Lleida, los consejos comarcales y las juntas electorales.

Entre otras demandas, y de cara al voto presencial, ASPID considera que hay que garantizar plazas de aparcamiento reservado y accesible para personas con discapacidad en el entorno de la sede electoral, hay que prever el desembarco de estas personas en espacios accesibles y hay que garantizar un itinerario accesible hasta el espacio donde se hace la votación (pavimentos y rampas adecuadas, accesos sin obstáculos y con la anchura necesaria). Si estos puntos no pueden garantizarse en un itinerario principal, hay que prever un itinerario alternativo que no supere los 200 m de recorrido respecto al original e informar, de tal manera que cualquier persona que lo requiera, pueda hacer uso.

Una vez dentro de la sede electoral, es conveniente que las diferentes estaciones del proceso (información, elección de papeletas, espacio de votación secreta, urna, etc.) se distribuyan en el espacio de forma ordenada e intuitiva; que los listados de distribución de distritos y todos aquellos elementos que tengan que estar al alcance de las personas se sitúen entre los 80 y los 120 cm, estén muy iluminados y se puedan consultar cómodamente. Es conveniente que la impresión de estos documentos se haga en un formato que permita leer fácilmente los caracteres.

Igualmente, todos los azulejos han tener una altura mínima de 70 a 75 cm y una altura máxima de 80 a 85 cm, de forma que permitan la incorporación de una silla de ruedas en el interior. Hace falta que el pavimento esté convenientemente señalizado a fin de orientar las personas con discapacidades visuales. En caso de no existir pavimentos podotàctils (o en relevo), o planos táctiles, hay que aplicar soluciones alternativas.

Además, es conveniente disponer de asientos de diferentes tipos para que las personas que lo necesiten puedan sentar mientras esperan o si necesitan descansar, abrir una hilera alternativa para que personas que lo requieran puedan ahorrarse hacer cola durante demasiado rato, escoger espacios donde haya un baño accesible próximo, mantener una temperatura adecuada e iluminar convenientemente el espacio, entre otras medidas.

La gente que integra las mesas electorales tiene que velar para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto con la mayor autonomía posible. Se recomienda asistir las personas que lo requieran, si estas lo solicitan o si se presenta algún conflicto a razón de falta de medidas de accesibilidad en el entorno o en los contenidos.

Finalmente, hay que señalizar adecuadamente y de manera visual y entendedora los diferentes espacios dentro y fuera de la sede electoral.

Un derecho garantizado por la ONU
ASPID recuerda que en Cataluña hay más de 350.000 las personas con discapacidad física y/u orgánica con unos derechos civiles y políticos que, como ciudadanos y ciudadanas, tienen que poder ejercer en igualdad de oportunidades en el resto de electores y electoras..

El Artículo 29 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU obliga los estados a garantizar a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de disfrutarlos en igualdad de condiciones que las otras, comprometiéndose a asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plenamente y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las otras, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y a ser elegidas.

Hay que recordar, en esta misma línea, que ASPID ha puesto en marcha el proyecto Espacio de Defensa de los Derechos Montse Bertran, uno de los objetivos de los cuales es incidir en las políticas públicas locales y autonómicas para promover y defender el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad

ACCEDE AL DOCUMENTO DE RECOMENDACIONES AQUÍ
 
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